(Se desconoce la fuente donde fue publicado, sin embargo nos pareció de interés para todo educador)
Asunto: LSCESFecha: 04/07/2007 06:09:50
Su realización no es nueva dentro de las instituciones universitarias del país, pero nunca se había sistematizado como ahora. Esta experiencia le da un valor agregado a la formación y mejora el desempeño estudiantil
Por: Emilce Chacón
El próximo septiembre cumplirá dos años la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Esta ley entró en vigencia el 14 de septiembre de 2005 con el objeto de normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de pre grado que aspire al ejercicio de cualquier profesión. Su realización no es nueva dentro de las instituciones universitarias del país, pero nunca se había sistematizado como ahora. Actualmente, es un requisito obligatorio para egresar de las universidades públicas y privadas, tiene características bien definidas que rescatan la pertinencia social de estas instituciones, acercando a sus estudiantes a la realidad que viven las comunidades de su entorno.
Gustavo Toledo es la persona designada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior para implementar este estatuto; es Licenciado en Educación, Mención Diseño y Gestión de Proyectos Educativos y su línea de investigación es la reforma universitaria y pertinencia social de la educación. Con él conversamos para ahondar en esta naciente ley.
¿La Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior reemplazó otra ley o formalizó una idea?“Primero que todo, esta ley fue publicada en Gaceta Oficial el 14 de septiembre de 2005, quiere decir que el próximo septiembre cumpliremos dos años. Esta ley está sistematizando una experiencia que se ha venido dando en el ámbito nacional. Es una oportunidad para que la Educación Superior tenga una nueva pertinencia social”.Hasta ahora el servicio comunitario no ha ido más allá de encuestas o actividades muy puntuales que no trascienden en el lugar donde se desarrollan.
¿Cuál será la diferencia en adelante?“Para responderte debemos delimitar bien los conceptos. Lo que acabas de evocar no es servicio comunitario, aunque en muchas instituciones se considere así, es labor social que se hace de una manera asistemática, es voluntaria y puede o no cumplir ciertos objetivos, mientras que el servicio comunitario, como está ubicado dentro de la dinámica de la Educación Superior, se hace de manera organizada y planificada. Se hace un diagnóstico socio-comunitario y de allí parten las líneas principales de acción a fin de cumplir con este servicio. Aspiramos que en conjunto con la comunidad se pueda responder a una problemática. El estudiante a partir del 50% de la carrera curricular, vista y aprobada, tendrá ciertas herramientas que le proporciona la institución para responder a una una necesidad de su entorno”.
¿Cuál es el objetivo del servicio comunitario?“Es hacer un acto de reciprocidad social con el país, darle un nuevo sentido a la pertinencia social de la educación superior. Es un clamor que las instituciones de educación superior vuelquen su mirada hacia la comunidad, porque estamos hablando de que la universidad como institución, y eso es universal, atraviesa una crisis del orden de la racionalidad. Esto significa que sus bases están tambaleándose porque se han concentrado en el tecnicismo y descuidan lo que pasa en la periferia”.
¿Por qué fue necesario crear esta ley, si el servicio comunitario ha existido en las universidades desde hace décadas?“Es muy lamentable tener que decirlo, pero algunas personas necesitan una ley para aprender a ser solidarios, aunque nuestro pueblo generalmente se ha caracterizado por serlo, pero sin la ley este servicio lo hacían sólo quienes querían y como querían; ahora esta experiencia le da un valor agregado a la formación y mejora el desempeño estudiantil”.
¿Es aplicable para universidades privadas y públicas por igual e incluye los postgrados?“Esta ley abarca todo el subsistema de Educación Superior: institutos universitarios, colegios universitarios y universidades oficiales o de iniciativa privada. De manera que todo aquel estudiante de pregrado universitario está llamado a cumplir 120 horas de servicio comunitario distribuidas en no menos de tres meses. Quizá estas 120 horas sea la única oportunidad que tenga un profesional que se está formando, porque lamentablemente estamos acostumbrados que del acto académico vamos a encerrarnos en una oficina sin saber qué pasa a nuestro alrededor. Por ello, aspiramos que sea un tiempo significativo, que no sea como tú evocabas, solamente llenar una encuesta, sino que sientan en carne viva lo que pasa en la comunidad.Ahora bien, cuando hablamos de postgrados o estudios para graduados, nos referimos a un profesional en formación permanente, por tanto, según el espíritu de la ley, no le corresponde hacer el servicio comunitario”.
¿Si un estudiante se gradúa en alguna carrera técnica y cursa dos años más para alcanzar la licenciatura debe hacer el servicio comunitario en dos oportunidades?“No, porque cuando egresas como Técnico Superior Universitario ya eres un profesional, debe hacerlo cuando se graduó, no obstante, las instituciones pueden crear espacios de participación para los profesionales”.
¿Cuáles son las diferencias entre el servicio comunitario, las prácticas de pasantías profesionales y el trabajo final de grado?“El servicio comunitario es un acto de reciprocidad social que el estudiante hace antes de egresar, en las pasantías de prácticas profesionales él ejecutará lo que aprendió en la universidad en una empresa u organización, que dista mucho de lo que es una comunidad, y el trabajo final de grado es un proyecto de investigación que cristaliza al final de sus estudios. La principal confusión se genera porque hay profesores que le dicen a los estudiantes que hagan el servicio comunitario o el trabajo final, y no es así, tienen que hacer las tres cosas porque cada una obedece a un fin diferente”.
¿Quién determina el lugar y el tema que se desarrollará en el servicio comunitario?“Se realizará en las comunidades que estén dentro del área de influencia de la institución universitaria, por ejemplo, un estudiante de Caracas no podrá hacer el servicio comunitario en Mérida. Los estudiantes con la asesoría de la institución hacen un diagnóstico, detectan aspectos por atender y de allí determinan en qué trabajarán de acuerdo con el perfil al que aspiran egresar”.El presidente Chávez recientemente hablaba de la importancia que tiene la planificación para darle coherencia al desarrollo nacional del país, partiendo de este principio,
¿cómo se vinculará el servicio comunitario con los planes municipales, estadales o nacionales, sin multiplicar esfuerzos e ir por un lado distinto?“Cuando la institución empieza el proceso de implantación del servicio comunitario una de sus principales labores es dirigirse, por ejemplo, a las comunidades organizadas para saber cuáles son sus necesidades y cuáles son las organizaciones que las están atendiendo.Cuando la institución universitaria formaliza esta acción, ellos le tienen que plantear en qué áreas se desempeñará. Como bien sabemos, los consejos comunales están manejando presupuesto a los fines de autogestionarse bajo la compañía del Estado para minimizar justamente lo que tú refieres. Es importante aclarar que no sólo se debe atender a las comunidades organizadas, porque hay comunidades que están emergiendo y necesitan de nuestra presencia para terminar de cristalizarse”. El artículo 10 de la ley indica que las universidades incluirán dentro de su presupuesto anual los recursos necesarios para realizar el servicio comunitario.
¿Qué gastos exactamente cubrirán y qué otras fuentes de ingresos han evaluado?“Aquí tenemos que tipificar las instituciones de iniciativa privada y de carácter oficial. Las últimas, como bien sabemos, son financiadas por el Estado, ellas tienen que incluir en su presupuesto la actividad del servicio comunitario, específicamente, gastos operativos y de funcionamiento, por ejemplo, deben garantizar las computadoras, equipos para reproducir, desplazamiento del estudiante e hidratación. No puede ninguna de estas instituciones financiar proyectos comunitarios, porque después llegarán a las universidades diciendo tus muchachos vinieron para acá y prometieron embaular la quebrada así que dame el dinero, y eso no debe ocurrir porque ya hay instituciones creadas para ello. En el caso de las instituciones privadas, tienen que adaptar su maqueta presupuestaria a las condiciones de la Ley de Servicio Comunitario. En todo caso, el apoyo es para el funcionamiento interno, no para financiar nada externo. Sobre las fuentes alternas, está estipulado que se pueden realizar nexos institucionales para adquirir otros formas de financiamiento”.
¿Cómo se evaluará y se hará constar que el estudiante cumplió su servicio comunitario?“Hay dos propuestas, una de la Universidad Central de Venezuela y otra de la Universidad Belloso Chacín de Maracaibo. La UCV propone que en las notas certificadas aparezca Ley del Servicio Comunitario y al lado aprobado, porque es una evaluación totalmente cualitativa. La otra posibilidad es que al egresar el estudiante se le entregue un certificado que avale su actividad. Ambas alternativas son potestativas de cada institución”. Una de las disposiciones de la ley indica que los institutos de educación superior disponían de un año a partir de su publicación para crear sus reglamentos.
¿A esta fecha cuántas universidades lo tienen y qué pasará con aquellas que aún no lo han hecho?“El reglamento debe estar listo este año porque los estudiantes necesitarán el servicio comunitario para poder egresar. Hasta la fecha 49 instituciones entre universidades y colegios universitarios públicos y 36 privados lo han elaborado”.
¿Se han encontrado con algunos obstáculos en su aplicación?“Algunos profesores no están colaborando con el servicio comunitario, porque todavía piensan que es un trabajo tan complejo como la elaboración del trabajo final de grado, no pocas veces he encontrado profesores que inclusive esperan una retribución económica por su apoyo. Es una asesoría muy humana y social, más que bañarse en academia impenetrable es mirar hacia las comunidades. Yo quiero recordarle a los profesores universitarios, porque yo también soy profesor, que la docencia, la investigación y la extensión están presentes en el servicio comunitario, ellos no se internarán en las comunidades con los estudiantes, su papel es asesorar, porque quienes hacen la actividad son los estudiantes y la institución propicia que se cumpla el servicio y establece los nexos externos que faciliten su realización.
¿Cuál ha sido el impacto de esta ley a dos años de su aprobación? “Es difícil evaluar el impacto de una ley de esta magnitud en tan sólo dos años, porque no todas las instituciones marchan a la misma velocidad, ya que su complejidad es diversa. Sin embargo, te mencionaré, por ejemplo, que los estudiantes de la UCV han hecho una labor hermosa y útil en el Materno Infantil de Caricuao con los niños que están hospitalizados; los estudiantes de Educación van a impartirles clases para que cuando se reintegren estén al día. Hay instituciones que están muy enamoradas de su servicio comunitario y hay iniciativas muy importantes”.
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